En la pasada primavera, se cumplieron quince años desde que entró en vigor este novedoso sistema que permitió a los jueces acelerar a la hora de enjuiciar determinados delitos leves ( figura jurídica que surgió tras la desaparición de las faltas ). El 28 de abril del 2003 se inició esta herramienta que permite aligerar los procedimientos judiciales, celebrar los juicios en los quince días posteriores a los hechos denunciados e incluso que los ciudadanos puedan conocer la sentencia ese mismo día. Su implantación buscaba que determinados delitos ( los más habituales ), siempre que sean flagrantes, de instrucción sencilla y cuyo castigo no exceda de cinco años de prisión o hasta diez años de otro tipo de pena, como por ejemplo una orden de alejamiento.
En estos tres lustros, los juzgados ya han celebrado decenas de miles de estas vistas, a escala nacional, que en muchas ocasiones, se despachan en unos minutos. Son los Juzgados de Instrucción y los de Violencia contra la Mujer, los encargados de sentenciar estos delitos leves. Según los datos que maneja el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se trata del 11,8% del total de los delitos conocidos.
La agilidad es claramente visible en los tiempos medios de respuesta. Mientras que una persona debe de esperar una media de 3,3 meses para recibir una resolución ante un delito leve, estos «juicios rápidos » despachan estos delitos en menos de un mes ( 0,8 meses ). En el caso de Violencia sobre la Mujer, la prontitud es aún mayor ( 0,3 meses ) frente al resto de vistas por delitos leves, que se hacen esperar 1,4 meses.
Los Juzgados de Instrucción también celebran, durante su jornada de guardia, numerosos » juicios rápidos » por delitos de violencia de género, hurtos, robos, delitos de tráfico, etc. Este novedoso sistema, ha favorecido el dictado de sentencias de conformidad, con la consiguiente rebaja que asumir los hechos y la culpa conlleva ( un tercio de la pena ). En el caso de que no se alcance una conformidad, hay que ir ante un Juez de lo Penal en un plazo de quince días.
Los Juzgados de lo Penal, celebran ininterrumpidamente este tipo de vistas durante todo el año, alternándose en turnos de una semana, donde entre un 40% o 50 % de los asuntos que tratan son de violencia de género, lesiones, hurtos, tráfico y robos, fundamentalmente.
Desde un punto de vista práctico, se trata de un sistema realmente ventajoso, porque ahorra trabajo y permite concentrar señalamientos. La agilización de casos es vital en unos juzgados que llevan años lastrados por la elevada litigiosidad y la baja relación de jueces por habitante. Otro argumento más para acoger de buen grado este tipo de procedimientos es que, en muchos casos, evitan la reiteración delictiva. Antes, los delincuentes podían cometer hasta diez delitos antes de entrar en prisión, con este método, sin embargo, se corta la trayectoria criminal.
Fue una gran aportación la instauración de los juicios rápidos para de alguna forma actuar contra el delito, el inconveniente que tienen es que si llevan aparejada el ingreso en prisión si cuentas todos los que a diario se celebran en España si tuvieran que ingresar en prisión no habría cárceles suficientes,hay que tener en cuenta que diariamente el cnp detiene una media de 600 personas ,18.000 al mes si como consecuencia del juicio rápido ingresará el 10% estaríamos hablando de 1800 presos preventivos mensuales. Lo eficaz de los juicios rápidos es la amenaza que supone al transgresor de la norma sobre todo en lo relativo a la violencia de genero Y doméstica.
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Antonio, muchas gracias por tu comentario. Un abrazo.
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He oído hablar de ellos, aunque con detalle no conozco sus reglas. Todo lo que sea agilizar administración de justicia está bien.
Hace unos tres años, fui objeto de una denuncia-yo también interpuse otra al mismo sujeto a los pocos días, pues la suya era falsa para justificar la mía que el colega esperaba que hiciera- por un delito leve; el resultado fue que la vista se celebró-no sé si era juicio rápido o no-a los dos años mas o menos. Eso sí, la vista duró apenas diez minutos, con acuerdo de partes. Muy rápido todo. Pero los trámites previos…un par de años.
Por cierto, siempre me ha extrañado-bueno, en realidad no, conociendo a la clase política-que la dotación presupuestaria en justicia sea tan baja…Se habla de agilizar, de aumentar presupuestos,,,, pero la cosa nunca se termina de implementar. Yo creo que lo hacen a propósito, por eso la gente no tiene confianza ninguna en el sistema judicial.
Demasiada prisión preventiva-ya nos han llamado la atención por eso en la UE varias veces-sobre todo para los roba-gallinas,y mucha lentitud en los casos gordos, con recursos y recursos….que interesan.
Por no hablar de la excesiva injerencia, a través del CGPJ, de los políticos en el «poder» judicial. ¿Donde está la independencia del poder judicial? En ninguna parte. Por eso en Alemania, ni en otros países de la UE, no nos toman en serio. Normal.
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Gracias José Manuel por tu comentario.-
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Yo, que fui un profesional de la Policía, tuve mucha experiencia en juicios “rápidos”. Voy a contar una. Teníamos por aquellos tiempos dos zorros venidos de Zamora, que en consuno (como ya os podéis imaginar, uno de ellos era listo y otro tonto –éste las urdía-) nos robaban los gallineros de Salamanca: bares, pequeños comercios, tirones, etc… Vamos, unos raterillos. [Un inciso: durante un tiempo, todo lo malo me cayó de Zamora, tal como chorizos, jefes, tormentas…, de tal manera que para ir de Salamanca a Galicia aún hoy doy un rodeo de 300 km.].
Las Brigadas de Seguridad Ciudadana y de Policía Judicial se olvidaron de otras cosas y se centraron en ellos. Al cabo de unos días, me llevaron al listo –el tonto se escapó– a la Oficina de Denuncias, donde yo era el Jefe (cargo al que llegué considerando la Superioridad mi carrera universitaria y mi denso historial). Lo pillaron robando, y con sus aperos de trabajo y el botín que iba apartando, hicieron un paquete y allí me lo dejaron. Bueno, poca cosa: empecé el atestado, y cuando iba por la comparecencia de los policías hete aquí que el prenda pide el “vía crucis”, “hábeas tontus” o lo que se le ocurrió, y como al parecer el instructor ha de colegir que eso significa lo que significa, acabé la comparecencia y lo envié al Juzgado con una copia de la misma clavada en su espalda (para que el juez la leyera bien leída).
Proseguí la tramitación del atestado, que prácticamente se resumía en la declaración de la víctima y la diligencia de adiós. Bueno, pues estoy redactando ésta en el párrafo en que se dice beso a usía la mano, cuando llaman a la puerta: ¡Eran los policías que llevaron al zamorano¡ «¿Cómo por aquí, no teníais que tomar un café?» No, me contestaron, TRAEMOS UN DETENIDO. «Pues tenéis que esperar, porque todavía estoy rematando el atestado anterior, con el cuya mano beso; así que enchiquerar al majete y luego ya veremos».
No, no podía ser, me dije, al recitar los policías los datos del “muchacho”. ¡Era el mismo que habían llevado poco antes! El juez lo dejó en libertad provisional –todo en este país es provisional, por lo visto–, y volvió a robar. Bueno, a robar volvió cuatro veces más durante esa semana, hasta que debió agotar el cupo y se marchó otra vez a Zamora.
Lo peor para él es que ya la gente de Salamanca había cogido piedras, y se las tiraban cuando pasaba por la calle Toro.
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Muchas gracias Víctor por tu comentario. Un abrazo.
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jejeje. Divertido relato (al menos para mí). Yo nunca he trabajado en la Administración…las multinacionales de las telecomunicaciones eran lo mío…pero me ha hecho gracia el modo aún rancio en que se trabaja en la misma. Lo de «beso a usía la mano» no sé si va de coña o es real… Lo de la «provisionalidad» muy bueno, algo muy español. jeje. Me comentaba un amigo arquitecto-uno de los mejores de España en experiencia real en construcción-que en ocasiones, cuando tenía que retomar proyectos con flecos inacabados-la mayoría de ellos hechos por funcionarios de los Ministerios que nunca habían visto una obra-se encontraba con un montón de problemas a causa de esos flecos. Los proyectos, decía él, tienen que estar completos y sin puntos a resolver «a posteriori».
En su día-ahora no sé-se habló mucho de la quejas de la policía ante los jueces a causa de mucha de su labor era en vano. Que el pequeño delincuente «entraba por una puerta y salía por la otra»…jeje; hombre, las cárceles tienen su función…y sus dimensiones…y las leyes son las que son. Los jueces, bueno, el referido amigo arquitecto que a veces hacía de perito en patologías de obras que acababan en los tribunales, no tenía muy buena opinión de ellos…
Saludos
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Gracias José Manuel, por tu comentario.
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Bueno, he visto cosas más «graciosas». En una ocasión, aleccionaba a un cabo de la Policía Nacional (llamemos a los cargos por su nombre) sobre el modo en que tenía que hacer los oficios (no los caseros, que ya me imagino para ello tendría su capataza) policiales, destinados por supuesto a los sufridos Juzgados de Instrucción. Entre otras cuestiones, le explicaba (corría el Año del Señor 1997, más o menos) que no los cerrara con el consabido «Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos», ni encabezara las minutas con el latiguillo «El funcionario que suscribe, afecto a su Digno Mando…». Simplemente, debería eliminar los dichos latiguillos. Sin piedad ni temor. Craso error: el probo cabo venía haciendo (según sus propias palabras) los oficios, las minutas, las notas al pie de página, etc., con el mismo «troquel» desde hacía ¡VEINTE AÑOS! ¿Iba a darle clases yo ahora? Mi respuesta: «¡ Oh, probo cabo!, te doy dos razones de peso para dejar de hacer esas cosas tan feas: La primera, es que existe una Orden Ministerial de hace –entonces– unos 13 años, en que se eliminan esos términos. La segunda, tal vez menor, es que… ¡HA CAMBIADO EL RÉGIMEN!».
Por la mañana me clavaba en la mesa un oficio del Juzgado: «A los efectos correspondientes, Pongo en Conocimiento de Su Autoridad…» Iba dirigido al Comisario, pasó por su Edecán, bajó a la Brigada X, y luego de visitar otros excelsos carguillos, bajó a mí… aunque lo arrebató el fiel funcionario. Me dejó sin palabras, y por los nervios hube de dejar para el día siguiente otro oficio (que beneficios de ahí no conocí) evacuado del mismo Juzgado .
Este escrito tenía más complicación: “En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha, dictada en el procedimiento arriba referenciado, dirijo el presente a fin de que procedan a practicar las diligencias necesarias y oportunas para el esclarecimiento de los hechos que motivan la incoación de las presentes actuaciones”.
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Gracias Victor por tu comentario.
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Yo ni soy, ni he sido funcionario, ni tampoco pertenezco a ninguna profesión excesivamente «corporativistas», como puede ser; médicos, arquitectos, jueces, fiscales.
Me gustaría saber en cual de estos colectivos el profesional que es nombrado perito judicial «carga las tintas» en su informe pericial contra un compañero de profesión. Que conste que también conozco dos casos reales, donde el arquitecto, perito judicial, amigo personal, me dijo: «El problema ha sido un error de calculo del arquitecto. Sabes que no es mi amigo, pero me podía haber ocurrido a mí……».
Con ese informe pericial ¿qué sentencia puede poner el juez que le correspondía?.
¿En qué profesión -lamentablemente- no hay algún indeseable?.
No nos olvidemos, que salvo excepciones, los jueces aplican la legislación, la cual ellos no hacen y, en algunos casos tampoco comparte, pero es la Ley.
No tengo ninguna experiencia sobre los juicios rápidos. Todo lo que suponga agilizar la justicia seguro que estará resultando algo positivo, pero como ha mencionado alguno de los participantes; el gran problema de la justicia en España es la lentitud de la misma, y esto no se resolverá hasta que se ponga encima de la mesa, es decir, presupuesto generales del Estado, el dinero suficiente para la creación de los juzgados necesarios para descolasar.
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José Antonio, gracias por tu comentario. Un abrazo.
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http://www.elmundo.es/opinion/2018/07/26/5b58718a22601d5c308b45b0.html
sería interesante hablar también de estas cosas….poniendo flores no siempre se llega a la excelencia….
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