LOS OCUPANTES DE LAS PATERAS SON ¿ REFUGIADOS O NAÚFRAGOS ?.

El diputado de Izquierda Republicana de Cataluña Gabriel Rufián, formuló una pregunta parlamentaria al Gobierno socialcomunista de Pedro Sánchez haciéndose eco de las distintas ONGs y organismos internacionales que cuestionaron la legalidad de la decisión del Ministerio del Interior de desembarcar por la fuerza en el puerto senegalés de Saint Louis el 30 de agosto de 2023 a los 168 inmigrantes que fueron interceptados a unas 80 millas náuticas ( 148 kilómetros ) de la Costa de Mauritania por la patrullera de la Guardia Civil Río Tajo.

El desembarco en ese muelle se produjo tras seis largos dias de travesía e incertidumbre, incluido un conato de motín a bordo porque los inmigrantes se negaban a ser devueltos a la costa africana. Y todo ello después de que Mauritania que era el lugar más cercano al desembarco, también se negara a hacerse cargo de los recogidos porque habían salido de Senegal.

El diputado catalán, mencionó en su pregunta varias posibles irregularidades que también se vienen denunciando en las expulsiones directas de inmigrantes en las vallas fronterizas de Ceuta y Melilla. La principal, el incumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos al no haber garantizado las autoridades españolas que personas que estaban bajo su jurisdicción pudieran haber solicitado asilo político; no facilitar intérpretes, ni asesores legales; practicar una devolución en grupo sin procedimientos administrativos individualizados, tal y como exige la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos; no comprobar si entre los inmigrantes había menores de edad, entre otras cuestiones.

La respuesta gubernamental que se dio el pasado diciembre, ha sido que toda aquella operación fue impecable y que cumplió con la legislación tanto nacional como europea e internacional en materia de derechos humanos porque el criterio que se aplicó es el mismo que a los náufragos de acuerdo con las bases del régimen jurídico internacional para la interceptación y el rescate de las embarcaciones que se hallen en peligro en el mar.

Y en particular, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar; el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar ( Convenio Solas ) y el Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo ( Convenio SAR ). Todos estos textos de Derecho Internacional Marítimo que nada tienen que ver con la inmigración ilegal, consagran la obligación de rescatar a cualquier persona que esté en riesgo en el mar y llevarla sana y salva cuanto antes a tierra.

Y en esa línea, el Gobierno de la Nación sostiene que exactamente eso fue lo que hizo la patrullera de la Guardia Civil, obviando cualquier referencia a la legislación inmigratoria y de protección internacional de refugiados. No hubo lo que se conoce como expulsiones en caliente, solo se procedió al rescate en aguas internacionales de los ocupantes de una embarcación que presentaba condiciones precarias de navegación para trasladar a esos náufragos a tierra firme, en este caso Senegal.

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