Con la apertura generalizada de comercios, hostelería y transporte público en esta fase de desescalada de las medidas adoptadas para combatir la epidemia que nos invade, ha aparecido la figura de un nuevo portero que nos debe de permitir el acceso al local que queremos entrar y que la ciudadanía está aceptando con normalidad.
Puede tratarse de un empleado -debidamente protegido- que, con termómetro en la mano, tome la temperatura del cliente o de una cámara térmica que realice la misma función. Sea el método que sea, la empresa se arroga la facultad de seleccionar sus clientes con criterios médicos que, hasta el momento, no se han establecido por las autoridades sanitarias.
La extensión de la implantación de esta medida y en cumplimiento de sus funciones, la Agencia Española de Protección de Datos ( AEPD ), organismo oficial habilitado para ello, emitió un comunicado público el pasado 30 de abril, en el que mostraba su preocupación por este tipo de actuaciones.
La AEPD advertía que, esta práctica supone una injerencia en los derechos de las personas porque se hace con la intención de controlar el acceso a los establecimientos sin criterio científico y lo que es peor, no sirve para controlar la epidemia que nos asola.
El comunicado continúa manifestando que, los posibles clientes no pueden negarse a que se les tome la temperatura, dado que perderían la posibilidad de entrar. La medición corporal podría hacerse solo si lo establece el Ministerio de Sanidad con las garantías adecuadas y con un soporte normativo específico.
Cuando esto ocurra, se establecerá que, los principios de privacidad obligan a que los datos que se obtengan serán para el propósito concreto de detectar posibles personas contagiadas y evitar su entrada a un determinado lugar y su contacto con otras personas dentro de él. Esos datos, no deben de ser utilizados para ninguna otra finalidad.
La AEPD, advierte también del impacto de identificar un posible portador de contagio erróneo y exige abrir la posibilidad de reacción de la persona afectada por una temperatura superior a la que se entiende por normal, cuando se le impida el acceso al lugar.
Por otra parte, el personal que use el termómetro -añade- debería de estar cualificado desde el punto de vista sanitario. También sería importante establecer, los plazos y criterios de conservación de los datos, en los casos en los que sean registrados y que, en principio no debieran de producirse, para posibilitar las acciones legales derivadas de la decisión de denegación de accesos.
Con respecto a las cámaras térmicas, hay que ser muy cuidadosos con su implantación porque la tecnología que se puede aplicar en estos casos, ofrece posibilidades adicionales a la toma de temperatura, como podría ser una información biométrica innecesaria ( retina e iris de los ojos, voz e imagen, huellas dactilares….) ; infringiendo con ello la privacidad de los clientes o usuarios que no se deben de grabar, ni conservar.
El marco jurídico para los empleados y trabajadores del establecimiento es distinto al de clientes y aunque también carece de regulación específica, existen otra vías que harían posible esta actividad. En los hipermercados de la cadena Carrefour se han instalado termómetros infrarrojos para revisar el calor corporal de sus empleados antes de iniciar su jornada laboral. En El Corte Inglés, se van a implantar medidores de temperatura, similares a los anteriores, no solo para la plantilla sino que también pretenden hacerlo para los clientes que accedan a los establecimientos.
En cualquier caso, hay un debate -en estos momentos de incertidumbre- en la comunidad jurídica especializada en privacidad que, recuerda que la temperatura está regulada como dato personal en el Reglamento Europeo de Protección de Datos.
Los sistemas de control de la temperatura plantean una importante controversia desde el punto de vista de la seguridad jurídica porque confrontan varios derechos fundamentales e intereses públicos legítimos que no resulta fácil equilibrar. Por un lado, se encuentra la protección de datos de los afectados que es especialmente relevante si se tiene en cuenta que estos instrumentos obtienen información médica que cuenta con una protección por parte de la normativa de privacidad. Por otro, entra en juego la obligación de la Administración de preservar la salud pública y, finalmente, el deber empresarial de prevenir los riesgos laborales.
Las empresas, se encuentran entre el dilema de elegir entre la presión de la Inspección de Trabajo o el riego de ser multadas por vulnerar las disposiciones de privacidad. Es decir, se encuentran en una encrucijada en la que tienen que contraponer unos derechos frente a otros y…..unas sanciones frente a otras.
Un dilema que no es menor, en absoluto, porque los incumplimientos de esas dos materias : privacidad y prevención de riesgos, están sometidas a importantes multas. El Reglamento Europeo de Protección de Datos ( RGPD ), prevé sanciones de hasta 20 millones de euros o el equivalente al 4% de la facturación global de la misma. Las infracciones de la Ley española de Prevención de Riesgos Laborales pueden alcanzar los 820.000 euros de multas, en los supuestos más graves.
La falta de claridad ante esta cuestión, no es solo un problema de España sino que, Francia, Italia y Bélgica están en la misma situación. En este sentido, sería necesario un pronunciamiento del Comité Europeo de Protección de Datos, donde están representadas todas las autoridades de la Unión Europea ( UE ) en materia de privacidad, para conseguir un criterio unificado que permita a las empresas desarrollar su actividad con un elevado nivel de seguridad jurídica.
En definitiva, el uso de termómetros en la entrada de locales, debería de esperar a que las autoridades sanitarias establezcan las correspondientes indicaciones de obligado cumplimiento, en las que se exprese de manera contundente que, los datos de los clientes no podrán guardarse.
Pues a ver que decisiones se toman, porque opiniones tendremos muy variopintas….los habrá a favor y en contra….lo popular es que se haga como medida de prevención con toda la buena intención, pero pronto surgirán las controversias y los que se opongan por puro derecho a preservar su intimidad…no quiero pensar la que se puede montar si le es denegada la entrada a una persona por el mero hecho de tener 37.5°….es muy comprometido y se evidenciaría a esa persona que para nada puede por que tener COVID….
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De eso se trata de tener las normas claras y que cada uno sepa a que atenerse. Ahora, puede haber muchos problemas para los propietarios de los locales que -con la mejor de las intenciones- traten de que no entre ningún contagiado en el establecimiento. Pero como siempre, este Gobierno no se entera de nada. Lo adecuado es que si se autoriza una apertura pública, vaya acompañada de las medidas sanitarias necesarias y no así que cada uno debe imaginar por su cuenta que es lo mejor a riesgo de equivocarse, como está ocurriendo ahora.
Gracias Leyre por tu comentario. Un beso.
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juanromerodiaz1950@gmail.com pertenece a una cuenta en la que no has iniciado sesión.
Al iniciar sesión publicarás el siguiente comentario a ¿ SE PUEDE TOMAR LA TEMPERATURA A LOS CLIENTES PARA ENTRAR EN LOS ESTABLECIMIENTOS ?.:
Acertado artículo, como todos los que expones. Yo creo, que los centros comerciales deben esperar a una normativa sanitaria europea al respecto, si a mi, particularmente, me tomasen la temperatura y diese febrícula o fiebre, según el caso y no me admitiesen la entrada en un centro comercial, de seguro que la afrenta no quedaría así, tendría la oportuna denuncia a la Agencia de Protección de Datos, y llevaria el caso a mis abogados. Iria a un centro médico, a ser posible público de la Seguridad Social, y si la causa no fuese COVID 19, fuese una febrícula, de esas, fiebre labial, por un simple resfriado, se iban a enterar.
Tendrán que realizarte un Test sanitariorápido, si no hay señas de coronavirus, nadie te puede impedir la entrada libre, además de un facultativo médico, aparte del empleado de turno o no, cualificado al caso, de cualquier
centro comercial, vulneraria varias normas comunitarias europeas, por determinar, seguro que los abogados se frotarán las manos, con estos casos.
Y lo mismo, que me vetasen a mi la entrada, los vetaria, para siempre, como cliente, en la lista negra de proveedores, faltaría más. Hay muchos comercios, que me aceptarían como cliente.
Creo, se está abusando del tema, además de personal cualificado, aparatos homologados que no fallen, en fin, esto da idea a los que nos enfrentamos los ciudadanos, de avasallamiento sin límites.
¿Qué más hay que hacer?, – llevo mascarilla, y se expone al Establecimiento a una Indemnización millonaria por su afrenta y presunta violación de los derechos fundamentales y lbiertades públicas y sobre todo de la LOPDatos Española y Europea. Leyes de Comercio.
Bastante sufre el ciudadano, cuando suena la alarma, todo el mundo te mira como si fueras un ladrón, y resulta o bien se han equivocado o es que llevas en tu traje o vestido, una prenda nueva puesta, que salta por la carátula que lleva anexa, y anagramas para el lavado, etcétera.
HACE FALTA UNA NORMATIVA, PARA ACTUAR ASÍ, juan Bartolomé Romero Diaz.
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Todo este lío es fruto de la improvisación gubernamental que no tiene en cuenta las consecuencia de la desescalada, tanto del punto de vista del empresario como del cliente. No se puede autorizar la apertura al público de locales sin que estén muy claras las normas de acceso y estancia en su interior. Dejarlas al buen criterio va a ser un foco de problemas y reclamaciones para todos. Al tiempo…
Gracias por tu comentario, Juan. Un abrazo.
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Decía un político español, Adolfo Suarez , » La delincuencia y los problemas siempre van por delante de las leyes».
Un importante mando policial español, responsable, en una época, de la lucha contra el terrorismo, al cual tú conociste y compartiste reuniones de trabajo, el Teniente General José Antonio Saenz de Santamaría, decía; «Para luchar contra el terrorismo, en ocasiones, había que bordear la ley».
También está la frase que dice; «Joder y barrer no es posible a la vez», que le decía la criada al señor.
Como bien indicas, este no es un problema solamente de España, pero no nos olvidemos que en los últimos tiempos en España «nos la cogemos con papel de fumar» y hay mucho salvapatrias.
Entiendo, que la mayoría de nosotros, que somos «personas de orden», con tal de contribuir a parar, y si fuese posible, erradicar esta pandemia, estariamos dispuestos a renunciar a algunos de nuestros derechos de protección en favor de para el virus.
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No podemos estar pendientes de la sensatez de la gente para resolver un problema sanitario de acceso a locales porque siempre viene un tonto que lo estropea. Es necesario normas claras y obligatorias para que todo el mundo sepa a qué atenerse. Y sin esas normas no se debería de abrir ningún establecimiento porque sin ellas, nos vamos a encontrar con un foco de problemas absurdos e innecesarios.
Gracias por tu comentario, José Antonio. Un abrazo.
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Pues sí que es buen tema, sí. Aparentemente anodino: Víctor, tienes unas décimas. Los amigos, cautelosos, se apartan de ti unos palmos de barra, por si las moscas. Víctor: tienes algo más que unas décimas: no puedes estar en el bar. Pena. Víctor: tienes una fiebre altísima, he de “reportar” a la central de alarmas, que efectuará control sobre tu persona y andanzas de aquí a tu casa; tu esposa e hijos, así como el sargento de la Guardia Civil, ya han sido “reportados”. Hasta aquí, el tema merece una pizca de mosqueo. Pero supongamos que el aparato vaya registrando no solo la temperatura de tu frente o axila, cual solícita madre o abuela, sino que dirija sus inicuas ondas detectoras “do más pecado habías”. Y de ahí, vayamos pensando en detectores de feromonas masculinas y femeninas, que por unos módicos euros nos “reporten” de cómo vamos y van de amor –ida y vuelta, off course– por ese mundo caótico… Y esto, apreciados amiguitos/as, está ahí, ya, a tiro de pájaro libertino. Sí, uno tiene la frente calenturienta, pero…
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Has hecho tu reflexión en un lenguaje familiar que hacía tiempo no leía y que verdad, añoro. Así se entiende muy bien lo que quieres decir y además, quedas como amigo. Lo de » reportar » te ha quedado que… ni pintado. Yo añadiría otro palabro que está funcionando mucho últimamente y que le auguro un gran futuro : » monitorear » .
Gracias Víctor, por tu comentario. Un abrazo.
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Buenos días amigo, acabo de llegar a casa en Murcia y he leído con interés tu artículo sobre tomar la temperatura a los clientes, en los establecimientos comerciales.
Que quieres que te diga que no sepas con antelación, como persona que cumple las normas, y que por mi edad soy considerado de riesgo, no me puedo quejar de cualquier medida que se tome por parte de los establecimientos, para evitar contagios. Ahora bien, ¿ porqué no hay una disposición gubernamental que aclare las medidas a adoptar ?, yo creo que ante cualquier alarma que salte al tomar la temperatura, que además se tendría que realizar ( a mi corto entender) con una discreción lógica, creo que salvo alguna excepción, la mayoría de la gente aceptaría de buen grado, y sobre todo si se le informa antes que es por su seguridad y por salud, que en estos días tanto nos preocupa.
Como siempre y lamentablemente tenemos que achacar ésto, a la nefasta gestión del inepto gobierno que tenemos. No están preparados, nos mienten y engañan a su conveniencia política, me han demostrando que les importamos muy poco, y que cualquier decisión que tomen, siempre primará su interés político.
Medidas sí, pero bien estudiadas y sobre todo menos ALÖ PRESIDENTE, por cierto insufrible ( yo sólo pude aguantar un buen rato la primera parafernalia que soltó ), y más test para toda la población como en otros países mejor dirigidos que el nuestro.
No me quiero extender más en mi respuesta, sólo pedir al Altísimo que no tengamos remontada en los casos de contagio y fallecimientos de inocentes, y esperemos que la justicia aclare y castigue, si así lo estima oportuno a los culpables de éste desastre.
Pido a Dios que pronto encuentren la vacuna que nos libre de éste virus maldito, y que podamos volver a la normalidad. Un fuerte abrazo amigo.
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Por mi parte, no tengo nada que añadir a tu reflexión que es bastante explícita y que comparto en su totalidad.
Muchas gracias por tu comentario, Fernando. Un abrazo.
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Magnífico artículo. Lejos de cambiarle una sola coma, lo cierto es que lo haría extensivo al momento spray del o la que nos recibe en el Super: ‘Pero vamo a vé, miarma! Tanta ganita de tirotear a to Cristo acumulas que ni te alcanza a preguntar antes si a lo mejor se padece de algún tipo de infección y/o/u alergia cutánea?? Mejor será que no siga. Gran ‘despliegue’, Jefe. Mis mejores deseos para usted y los suyos ante tamaño despropósito.
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No tengo nada que añadir a tu comentario, salvo darte las gracias por hacerlo,José Manuel. Un abrazo.
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Excelente post. Muy interesante y muy buen estructurado. Felicitaciones. 🏅
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Muchas gracias, saludos.
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