¿ ESTÁ SANCIONANDO LEGALMENTE EL GOBIERNO DURANTE EL ESTADO DE ALARMA ?.

Ya están surgiendo numerosas voces del mundo jurídico ( abogados, jueces, catedráticos…) en las que muestran su desacuerdo con la manera en la que el Ministerio del Interior está sancionando los incumplimientos de la población sobre la prevención que deben de adoptar por el confinamiento sanitario.

El eco de estas declaraciones públicas va aumentando a medida que se va conociendo su contenido a través de los medios de comunicación social y va consiguiendo la adhesión de otros colectivos que también se sienten afectados.

Lo que está propagando una gran inseguridad jurídica es la falta de concreción de la que adolece la redacción del precepto sancionador : el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las Autoridades competentes en el Estado de Alarma, será sancionado con arreglo a las Leyes, según establece el Real Decreto utilizado. Esta generalización es la que está planteando problemas prácticos a la hora de establecer cuales son las leyes a que hace referencia el mismo.

Con arreglo a lo que se ha publicado en distintos medios, los Cuerpos Policiales de las distintas Administraciones Públicas están aplicando para sancionar estas conductas el artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/ 2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana ( la famosa Ley Mordaza que el Gobierno quiere suprimir ) que tipifica como infracción grave la desobediencia o la resistencia a la Autoridad o sus Agentes en el ejercicio de sus funciones y cuya comisión lleva aparejada una multa que oscila entre los 601 y los 30.000 euros.

La Delegación del Gobierno en Andalucía intensifica los controles ...

Ahora bien, para que una determinada conducta incurra -materialmente- en esa desobediencia resulta necesaria la existencia previa de un requerimiento expreso e individualizado de los Agentes de la Autoridad que sea desatendido por el destinatario incumplidor de las limitaciones impuestas por el Estado de Alarma. Circunstancia esta que no se ha producido en la mayor parte de las propuestas  de sanciones impuestas y que ya son centenares de miles, si no que se ha denunciado directamente la presencia en la vía pública fuera de los supuestos autorizados, sin más explicaciones.

Por eso, las opiniones discordantes afirman que, la mera inobservancia de las restricciones recogidas en el Real Decreto confinador, a una norma sanitaria orientada a preservar la vida de las personas y evitar el contagio de la enfermedad, estaría recogida en el artículo 57 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de la Salud Pública ; que encaja de manera perfecta frente a las infracciones directas de los deberes ciudadanos impuestos por el Gobierno.

En este caso, la sanción dependerá de la gravedad del daño que la conducta del particular haya supuesto a la salud pública, ascendiendo el importe de las multas previstas de hasta 3.000 euros para los casos leves ( si no se demuestra un daño directo para la salud ) y hasta 60.000 euros para los graves ( cuando impliquen cualquier daño para la salud ).

Además de lo expuesto, indican que aparece otro problema y es que si se aplica la Ley de Seguridad Ciudadana, la competencia sancionadora sería del Ministerio del Interior, a través de las Subdelegaciones Territoriales del Gobierno ; y las multas previstas en la Ley de Salud Pública, serían responsabilidad de las Comunidades Autónomas al ser las competentes en materia de sanidad. Así lo ha reconocido la propia Abogacía del Estado a través de una consulta solicitada por el propio Gobierno, emitida en los pasados dias y que ha sido desechada por el Ministerio del Interior.

Coronavirus: Las multas por salir de casa pese a la prohibición ...

Esto supondría que, la mayor parte de las miles de denuncias que se están tramitando por las citadas Subdelegaciones del Gobierno en cada provincia y cuyo objeto fuera el simple incumplimiento de las limitaciones establecidas en este período excepcional, podrían incurrir en vicio de nulidad radical por incompetencia material, según lo establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 41.1b.

Otro aspecto a considerar y no menos importante, estaría relacionado con los criterios de graduación de las infracciones que se están aplicando. Es por ello que, el Ministerio del Interior ha tenido que dirigir unas Instrucciones para que se distribuyan a través de las Delegaciones de Gobierno con la finalidad de unificar criterios y evitar arbitrariedades.

Aclaración que no solo llega demasiado tarde dado el número de denuncias que ya han sido tramitadas, sino que además, estas Instrucciones resultan innecesarias en la medida que, en la mayoría de las infracciones, el Estado parece que carece de competencia -como ya se ha visto- para tramitar el procedimiento sancionador.

Todo este cúmulo de despropósitos ha desembocado en una investigación por parte del Defensor del Pueblo sobre la política de multas articulada por el Gobierno, en aras de analizar el Régimen Sancionador aplicado durante el Estado de Alarma y comprobar si se está actuando de forma correcta y proporcionada.

21 comentarios sobre “¿ ESTÁ SANCIONANDO LEGALMENTE EL GOBIERNO DURANTE EL ESTADO DE ALARMA ?.

  1. Otro despropósito del Gobierno cuya fuerza de coerción legitima la ejerce mediante una legislacion confusa que efectivamente puede dejar en nada la ejecución de las sanciones impuestas por dos importantes cuestiones técnico juridicas:
    2.- efectivamente, pueden ser nulas de pleno derecho (no anulables que es cuestión distinta) por vulneracion de la competencia sancionadora que no estaria radicada en el órgano legalmente competente segun las reglas de competencia territorial, funcional etc perfectamente predeterminadas en nuestro ordenamiento juridico

    2.-taxativamente puede existir una colisión normativa entre la Constitucion que permite “la libertad de ambulatoria de los ciudadanos…..” y otra norma de rango legal inferior que no esté incardinada en el supuesto adecuado.
    Por lo tanto, según esta hipótesis se estaría aplicando una normativa “contra legem” , supuesto perfectamente previsto en la ley y que propiciaria la nulabilidad mediante el oportuno recurso.

    Amigo Juan, un artículo muy oportuno y respuesta expres. Feliz domingo, dentro de lo que cabe

    Me gusta

    1. ¡ Cómo se te ha refrescado el Derecho Administrativo en esta ocasión !. Me alegra coincidir contigo en el diagnóstico de este error competencial que estoy convencido va a dar lugar al archivo de numerosos expedientes, que como bien sabes cuesta tanto tramitar. Sobre la afectación a un derecho fundamental como es la libre circulación de las personas ( creo que hay más derechos vulnerados ), reconocido en nuestro Constitución, me parece un asunto muy interesante del que pienso abordar en otra ocasión.
      Muchas gracias por tu comentario, Antonio. Un abrazo.

      Me gusta

  2. Estupenda aclaración, se nota tu gran conocimiento en derecho y como policía.Gracias

    El dom., 26 abr. 2020 10:07, Angel Carrillo Espinosa escribió:

    > Muy buen artículo,se nota tu gran conocimiento en derecho y como > policia.gracias por la reflexión. > > El dom., 26 abr. 2020 9:42, Asuntos Policiales <

    Me gusta

  3. A tus magníficos artículos, comentado el actual ¿Está sancionando legalmente el Gobierno durante el estado de Alarma? Pues, yo creo está errando, y como bien dice un refrán español: Rectificar es de sabios.
    Hay una frase muy célebre del poeta británico Alexander Pope que dice: “Errar es humano, perdonar es divino, rectificar es de sabio”. Y creo que está en lo cierto. A pesar de que conmigo, lo de rectificar es de sabios, nunca se ha cumplido. Y miren que he tenido que rectificar a lo largo de mi vida. Pero nunca he sentido ese soplo de sabiduría que, por cierto, me vendría muy bien, manifiesta el célebre poeta inglés Alexander Pope.
    Cómo no sepa rectificar el Gobierno de España, van a salir recursos judiciales como setas, por los eruditos abogados que por suerte atesoramos en nuestro país, para aplicar correctamente el decreto sancionador, sin producir arbitrariedad y confusionismo que producen las órdenes del Decreto sancionador de las Autoridades competentes en el Estado de Alarma, la disyuntiva que Decreto aplicar? Antes la mayor parte de las miles de denuncias que se están tramitando por las citadas Subdelegaciones del Gobierno en cada provincia, podrían incurrir en vicios de nulidad radical por incompetencia material, según establece la Ley de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, que debe haber un aviso previo del objeto sancionador.
    En fin, si no se corrige bien el decreto sancionar, van a sustanciarse buenas minutas dinerarias para los abogados, en las ramas administrativas, civil o penal.
    Vaya tela marinera.

    Me gusta

  4. Pocas cosas están haciendo tanto daño a este país como el Garantismo. El Garantismo es la búsqueda desesperada de un resquicio que permita que una persona, habiendo COMETIDO un ilícito penal o administrativo, se vaya silbando a casa, y mejor aún con una indemnización. Yo veo las cosas así: un sujeto se salta a la torera el confinamiento, sin motivo que lo justifique. Existen (creo que ¡HASTA TRES TIPOS DE SANCIÓN!) preceptos legales en vigor que le pueden ser aplicados. Es posible que uno mejor que otro. Pero que se diga que no vale ninguno, eso es para echarse a llorar. El otro día escuchaba con estupor los razonamientos de un individuo que cobra buen sueldo, experto en Derecho (es Magistrado-Juez, un tal Bosch), que podría escribir un tratado sobre dicho Garantismo. La verdad es que vivir en un país como España, que se afana en consolar a los delincuentes y corregir a los ciudadanos honrados, es triste. Claro que tener un jardín de 2.000 metros cuadrados, piscinas cubierta y no, y vistas al campo, dan para sesudas reflexiones de juristas y más. Pero a quienes llevamos mes y medio sin salir de casa, nos ensombrece el semblante y nos sube la bilis.

    Me gusta

    1. No es garantismo Víctor, es Estado de Derecho. Como bien sabes, para sancionar una conducta debe existir previamente una norma que así lo estipule y no una cualquiera sino la específica establecida. En este caso, el error está -en mi opinión, claro- en querer tratar como un problema de seguridad ciudadana una crisis sanitaria. Cada uno de estos enfoques tiene sus norma que lo ampara, su procedimiento y sus sanciones. El gobierno que tenemos, que juega a absolutista, es democrático y sujeto al imperio de la Ley aunque no le guste. A mi parecer, quiere disimular tanto la pandemia que la dirige -intencionadamente- mal; oculta las víctimas; nos emborracha de información inútil para ni siquiera tener una estadística fiable y tampoco quiere establecer luto oficial. Hay que ser miserable para seguir una estrategia negacionista de este calado. Te recuerdo que, en términos profesionales, esto es DESINFORMACIÓN en todo su esplendor.
      Ya sabes que, pese a nuestros desacuerdos, estimo mucho tus comentarios, Víctor. Gracias por hacerlos. Un abrazo.

      Me gusta

  5. Buenas tardes amigo Juan Francisco, acabo de leer tu artículo perfectamente documentado como los anteriores. No te contesto muchas veces por que me enciendo, y no quiero dejar por escrito mis reflexiones sobre los políticos que nos desgobiernan.
    Estoy » confitado en la huerta», y en vez de alterarme analizando como están tratando de hacernos pasar por el aro comunista, ( por cierto muy bien organizada su hoja de ruta), me dedico desde hace cinco semanas, a labores de agricultura, bricolaje, panadero, pintura, etc., que por cierto me relajan y entretienen.
    Trato de ser paciente y esperar, con pocas esperanzas de verlo, que cuando ésto pase y tardará bastante tiempo en ocurrir, los ciudadanos nos lancemos a la calle, a pedir responsabilidades a los que han dirigido ésta situación de pandemia, con tanta irresponsabilidad y falta de respeto a los sanitarios, y fuerzas de seguridad.
    Han jugado con las vidas de nuestros mayores, sin respeto ni previsión de las consecuencias que hemos sufrido.
    Han demostrado que para ellos no necesitan comités de expertos, y que obligando a tener encerrados y asustados con sanciones, es suficiente para seguir en el poder.
    Lamentable lo que estamos viviendo, sin una prensa y televisión libres, que nos informen de la realidad, ya que vemos los muertos que aumentan cada día en USA, pero no enseñan los féretros de aquí.
    En la pandemia del Evola un perro sacrificado, y pusieron de asesino a Rajoy, ahora con más de 30.000 muertos calladita toda la izquierda, no está mal.
    Y para terminar, lamentable que sólo estén las banderas con crespón negro en señal de luto, en las autonomías que no gobierna el PSOE.
    Un abrazo, y que Dios nos ampare hermano.

    Me gusta

    1. Soy de la opinión que este Gobierno sigue al pie de la letra una estrategia de negación de la crisis sanitaria ( mal enfoque sancionador aunque intencionado ,estadísticas confusas, exceso de información inútil para esconder sus errores, ocultación gráfica de los fallecidos, hospitales que no se visitan, carencia de muestras de dolor, inexistencia de luto oficial…) que solo estropea lo torpes que son. A pesar de seguir una potente planificación de manual, está fracasando -a su pesar- por lo inútiles que son y las luchas de poder internas que están poniendo al descubierto.
      Gracias por tu comentario, Fernando. Y sigue disfrutando en ese edén que te has montado. Un abrazo.

      Me gusta

  6. El actual gobierno, con un sesgo político desmesurado, está lleno de incompetentes. Gentes no preparadas, ni profesionalmente ni con experiencia adecuada para los puestos que están ocupando. En circunstancias habituales, su gestión habría ido entre regular y mal (como se habría esperado), pero esta situación extraordinaria y difícil -reconozcámoslo- les ha puesto contra las cuerdas y ha expuesto claramente su inoperancia, arrogancia e ineptitud para las funciones a las que estaban destinados; desde el presidente–algo esperado pues ya sabemos que solo es decoración y blablabla– hasta todo su «séquito de chaqueteros», empezando por el ministro de sanidad (puesto ahí para otros «fines») y terminando por el de Interior, que ya no puede ser peor con todo el mundo en su contra, desde sus subordinados hasta los ciudadanos. Hay algunas excepciones como la de Exteriores por ejemplo-entre otros- que la pobre está dando la cara y quedando en ridículo–haciendo de portavoz económico– para excusar a su jefe. En fin, a ver si de esta aprendemos para el futuro, aunque me temo que no.

    Me gusta

    1. Menos mal que les ha cogido a ellos esta pandemia porque si no, nos hubiéramos enterado bien de las movilizaciones sociales que habrían organizado y de los salvajes ataques político que hubieran dedicado a la oposición. Por las redes sociales están difundiendo unos vídeos de que como el Sr. Sáchez trató a la única contagiada de ébola hace unos años y también como los animalistas-debidamente apoyados- desarrollaron una enorme campaña por la muerte de un perro-flauta. Así, que querido Gobierno progresista a gobernar la crisis sanitaria que está poniendo al descubierto vuestro grado de incompetencia rodeado de las correspondientes luchas de poder.
      Como siempre, José Manuel, gracias por tu comentario. Un abrazo.

      Me gusta

  7. Juan Francisco, estoy totalmente de acuerdo contigo. Muy buen articulo. Veremos lo que hacen los órganos sancionadores en los casos en los que las actas levantadas po la Policia no sean correctas. Es evidente que la Ley de Seguridad Ciudadana sólo sanciona en caso de incumplimiento de la orden recibida por el ciudadano y no ante un simple incumplimiento del confinamiento.
    Como se empeñen las Delegaciones del Gobierno en sancionar siguiendo órdenes del Gobierno en contra del criterio expresado por la Abogacía del Estado, creo que los Juzgados de lo Contencioso Administrativo estimara los recursos y es posible que no tengan más remedio que imponer las costas a la Administración, pues no hay que olvidar que la Ley de la Jurisdicción Contencioso=Administrativa recoge el principio del vencimiento.

    Me gusta

    1. Me alegra coincidir en el criterio a aplicar en las sanciones referidas, con una opinión tan cualificada como la tuya, El Ministro del Interior ha vuelto a reiterar en la última comparecencia pública, correspondiente a la semana pasada que la vía que se está utilizando es la adecuada y dado de que se trata de un juez con una dilatada experiencia, se me pone muy cuesta arriba que no quiera distinguir entre sanción administrativa y delito, salvo que todo esto forme parte de una estrategia política para diluir la responsabilidad del Gobierno en la pésima gestión de la pandemia, tratando como un problema de seguridad ciudadana una crisis sanitaria.
      Muchas gracias por tu comentario, Abel. Un saludo.

      Me gusta

  8. Por llevar la contraria creo que las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno si son competentes para sancionar. La Salud Pública está por encima de cualquier otro bien y uno de los instrumentos del estado para garantizarla es la coerción mediante las diferentes Leyes. Si se está optando por la Ley O de P de la S Ciudadana es porque impone sanciones menos rigurosas que la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil o la General de Salud Pública. De hecho hay Jueces que han enviado a la cárcel a individuos por el reiterado incumplimiento del confinamiento por un Delito de Desobediencia a la Autoridad basándose en las numerosas actas levantadas a una misma persona. Y se desobedece a la Autoridad Gubernamental de forma genérica que obliga al confinamiento salvo excepciones debidamente justificadas. Es por eso que se aplica la ley 4/15

    Me gusta

    1. Veo que no coincidimos en casi nada de lo expuesto en el artículo pero me parece bien que lo expongas. Para mí que estás en un error y te invito a que releas el artículo por si puedo ayudarte a entenderlo mejor.
      De todas maneras quiero darte las gracias por tu comentario. Un abrazo, Antonio.

      Me gusta

  9. Estimado Juanfran, muy interesante como siempre tu blog. Siento discrepar en cuanto a la posible incompetencia de las Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado en virtud del art 5 del RD 463/2020 que atribuye competencias sancionadoras quedando bajo las ordenes del M del Interior. Otra cuestion sera la legitimidad de las ordenes en caso de declararse inconstitucional el RD, y la interpretacion de la desobediencia a la autoridad y la necesidad o no de requerimiento previo, como proclamo la Sentencia del proces en caso de particulares. Un fuerte abrazo

    Me gusta

    1. No he cuestionado en ningún momento la capacidad de los Cuerpos Policiales en denunciar las infracciones del tipo que sean. En lo que yo discrepo es en la norma que les han ordenado que aplique a los incumplimientos del Estado de Alarma. En mi opinión, no es la vía adecuada que unas medidas sanitarias se sancionen como de seguridad ciudadana y ahí -pienso- que radica el problema que planteé. El Decreto regulador no establece la vía sancionadora a sus infracciones ( como debiera ) y dice que se hará con arreglo a las leyes…. Esta generalización está haciendo que, en este caso, el Gobierno pueda optar por la que estime más conveniente y que a mí me parece errónea salvo que con su aplicación se pretenda otra cosa y es lo que creo ( impedir toda movilización contraria ).
      El grueso de las propuestas de sanción que se están tramitando hasta ahora, lo están siendo por desobedecer las restricciones establecidas y aquí lo que ha habido es estar en la calle cuando no se debía y eso no es desobediencia como bien sabes sino una mera sanción administrativa prevista en la Ley de Salud Pública, que no se está aplicando. Esta posición también la está manteniendo la Abogacía del Estado cuando el Ministerio del Interior elevó consulta sobre esta cuestión dado el revuelo que se está montando pero el Ministro -que lo sabe como tú y como yo- sigue impertérrito. De todas formas, algo está pasando -según mis última noticias- porque el Ministerio ha dado órdenes a las Delegaciones de Gobierno de paralizar los expedientes sancionadores y no proceder a las notificaciones correspondientes hasta después del verano. La pregunta surge enseguida: ¿ por qué ?. Seguramente por la oleada de recursos que esperan.
      Me he alegrado mucho hayas hecho el comentario y te invito a que continúes haciéndolo. Un beso, Carmen.

      Me gusta

Deja un comentario

Este sitio utiliza Akismet para reducir el spam. Conoce cómo se procesan los datos de tus comentarios.