Un total de 211 inmigrantes ilegales han conseguido una autorización de residencia y trabajo en España desde el año 2020 hasta el 22 de enero pasado, por circunstancias excepcionales derivadas por su colaboración policial contra los grupos criminales que se aprovechan de ellos. Se han acogido a las beneficios contemplados en el artículo 59.1 de la Ley Orgánica 4/2.000 sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España.
El dato lo ha facilitado el Gobierno en una respuesta parlamentaria al partido político VOX que se hizo pública el pasado 23 de marzo y que quería saber cuántos inmigrantes ilegales habían eludido la obligatoria expulsión del territorio nacional por acogerse al mencionado artículo.
En concreto, esta ley contempla la posibilidad de que el extranjero que se encuentre irregularmente en España quede exento de responsabilidad administrativa y no será expulsado si denuncia como víctima o testigo a los autores o cooperadores de delitos como tráfico ilicito de seres humanos, inmigración ilegal, explotación laboral o prostitución, abusando de su situación de necesidad.

Esta cifra de extranjeros regularizados por su colaboración con la Policía por denunciar a los grupos y redes delictivas que los extorsionan y los explotan sería poco valorada si no se la vinculara con el resultado obtenido gracias a esa contribución. Así, si se consulta la página electrónica del Ministerio del Interior sobre esta cuestión se puede comprobar que sin esa conducta beneficiosa prevista en la legislación vigente no se podría haber obtenido -en gran parte- los siguientes datos estadísticos:
-Operaciones policiales desarrolladas en el período 2.020-2.023 contra la trata de personas y la explotación sexual: 634 que han permitido la identificación de 2.294 víctimas y la detención de 1.797 personas. Si nos referimos ahora a extranjeros sometidos a explotación laboral, el resultado obtenido ha sido de 544 operaciones policiales, con 2.264 víctimas y 1.091 detenidos
La conclusión de todo esto es que España se mantiene como país de destino de la trata de seres humanos, tanto en su vertiente sexual como laboral, debido -entre otros factores- a su cercanía a África y los lazos culturales mantenidos con Hispanoamérica, lo que la sitúa como un centro relevante para este tipo de delitos.

Esta situación se vió condicionada durante los años señalados por el imparable auge que estaban teniendo las tecnologías de la información y de la comunicacón, especialmente su ramal televisivo ( sin olvidar el boca-boca ) y que cada vez son más utilizadas por las redes criminales en todas las fases de su actividad como son: la captación, transporte, control de las víctimas y sus rendimientos.
El fenómeno vinculado a la trata y explotación de personas sigue evolucionando, generando nuevos retos que se afrontan con mejoras en la prevención y persecución del delito, la protección y asistencia a la víctimas junto a la cooperación institucional tanto nacional como internacional.
La última reforma del Reglamento de Extranjería que se aprobó el pasado mes de noviembre y que entrará en vigor el próximo mes de mayo, no se circunscribe a las cuestiones propias de la situación administrativa o laboral de las personas extranjeras en España sino que introduce relevantes modificaciones también en cuestiones propias del derecho penal que van a tener incidencia en su condición de víctimas o perpetradores de delitos. Para las que se encuentren en tales condiciones se prevén autorizaciones por razones humanitarias, colaboración con autoridades ( que se mantiene ), seguridad nacional o interés público.

Estas novedades se han introducido entre los delitos de los que pueder ser víctima un extranjero: los de odio ( del arículo 510 del Código Penal ) y los delitos de la seguridad y salud laboral ( artículos 316 al 318 del Código Penal ). Las víctimas de violencia sexual se mantienen igual con independencia de su nacionalidad pero se les añade los delitos de la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso con connotación sexual, así como las violencias sexuales cometidas en el ámbito digital. Hay que tener en cuenta que tambien se verán beneficiados toda la familia directa de la víctima.