LA NECESARIA ESPECIALIZACIÓN POLICIAL PARA LUCHAR CONTRA LA CRIMINALIDAD.

A finales del siglo XIX y principios del XX, surgen en España unos planteamientos nuevos para dirigir la acción de la Policía. Las causas que conducen a ellos son, entre otras, una serie de atentados anarquistas que contribuyen a poner de manifiesto que la Policía estaba desfasada respecto de las circunstancias sociales en las que tenía que desenvolverse.

Prueba de ello eran los comentarios que aparecían en la prensa en general y en la catalana en particular, con el siguiente tenor: La Policía Española, como todos los organismos del Estado, es impotente para funcionar en tierras de civilización intensa, es un aparejo de tipo primitivo, un fósil inservible. Tratar del mal moderno que padece Cataluña ( se refiere al anarquismo ) con estos organismos es como luchar con lanzas de sílex y hachas de piedra contra multitudes armadas de Mausers y Krups ( ambas marcas de fusiles ). No debemos contar con la Policía: el Estado es impotente para organizarla de otra manera.

La estructura policial de entonces era sumamente endeble como fruto de la nula formación exigida para ingresar en ella, la ausencia de estabilidad en el empleo ( cesantías a mansalva cada vez que un partido político perdía las elecciones estando en el Gobierno ); falta de estímulo profesional ( las Escalas -segmentación de las categorías prfesionales- eran abiertas y prácticamente no había ascensos ); los méritos no se reconocían porque no se premiaban los mejores servicios; no existía un Escalafón nacional…

Las anteriores críticas dieron lugar a la gran reforma de la Policía ( Ley Orgánica de la Policía Gubernativa de 27 de febrero de 1908 ) que se realizó en tres niveles: consistiendo el primero de ellos es el aprovechamiento de técnicas e inventos que se producen en esta época, muy especialmente la fotografía, como un instrumento muy válido para difundir la identidad de los delincuentes habituales, solucionando así parcialmente uno de los mayores problemas de la Policía a lo largo de su historia como era el conocimiento de los reincidentes.

En la Escuela de la Policía, una de las asignaturas fundacionales fue la fotografía y la antropometría ( estudio de las medidas y proporciones del cuerpo humano ) que dadas sus características enseguida fue rebautizada con el nombre de Identificación. Otra técnica de reconocimiento introducida por entonces fue la Dactiloscopia ( estudio de las huellas dactilares )

También, la adaptación de los medios introducidos por la Medicina Legal, como por ejemplo la absorción de arsénico que permitió descubrir muchos asesinatos por envenenamiento que antes quedaban impunes.

Así como la capacitación de investigadores para la persecución de una determinada pe- culiaridad delictiva, comenzando por los delitos cometidos con explosivos y siguiendo por la delincuencia común y dentro de ella también por especialidades como robos, hurtos, estafas…

Estas innovaciones hicieron posible el paso de una Policía completamente desprestigiada como era la española a finales del siglo XIX, a otra muy distinta que pronto empieza a dar sus frutos, obteniendo unos magníficos resultados en un corto espacio de tiempo.

En este proceso de especialización, hubo dos instituciones que jugaron un papel muy importante, en primer lugar las Escuelas de Policía de Madrid y Barcelona que ejercieron su labor de formación simultaneando el servicio ordinario con la asistencia a las clases. A partir de 1922 quedó una sola Escuela de Policía, la de Madrid, dedicada a la formación de una Policía Técnica y de Investigación.

El segundo nivel, el Gabinete Central de Identificación, creado también en 1921, que permitió estar al día de las nuevas técnicas y métodos utilizados en la identificación de los autores de delitos.

El tercer nivel, fue el proceso de reforma dentro de la Policía. La creación de las Secciones de Vigilancia y Seguridad en 1877, con sus competencias limitadas solo a la ciudad de Madrid, fue el primer intento serio de llegar a la creación de una Policía moderna sobre bases completamente nuevas.

El Real Decreto de 1886 que estableció la Dirección General de Seguridad presentaba enormes lagunas que se pusieron de manifiesto al ser extendida al resto de España pero suponía -a pesar de todo- un avance sobre lo que existía anteriormente porque delimitaba de una forma bastante clara los cometidos de las dos Secciones descritas, introduciendo con ello una especialización en la actuación policial pues mientras a la Sección de Vigilancia se encomendaban las labores de Investigación de los delitos y Control de Establecimientos, a la de Seguridad se la derivaba a tareas de prevención de la delincuencia y al restablecimiento del orden público.

Los principales defectos de este Real Decreto fueron la total dependencia que establecía con respecto a los Gobernadores Civiles y las cesantías. Los Gobernadores se encargaban de la aplicación del Régimen Disciplinario Policial. Tenían, por ejemplo, la potestad de expulsar del cuerpo sin necesidad de expediente administrativo, ni que mediara la comisión de una falta grave.

Respecto de las cesantías era un mal crónico en la sociedad española y en la administración pública por eso uno de las grandes motivos de movilización era la estabilidad en los puestos de trabajo. El problema era de tal envergadura que hasta las coplillas populares se hicieron eco de él. La Policía, como cuerpo civil, no podía escapar a unos males que eran comunes a toda la Administración del Estado.

El Real Decreto de 1886 que luego se extendió a toda España, sin tocar apenas, tenía otro inconveniente que terminó haciendo muy lenta la evolución de la Policía hacia una organización innovadora y sobre todo, más ágil y dinámica. Aquello que tal vez pudiera ser válido para Madrid y como un ensayo de organización de la Policía, no resultó -sin embargo- en el sentido en el que fue aplicado, trasplantando esta estructura tremendamente localista ( estructura central ) al resto de las provincias ( estructura periférica ) sin cuestionarse siquiera si era la adecuada.

La diferencia con el modelo policial de Fernando VII e incluso con el de José I Bonaparte, no puede ser más radical porque mientras aquellos se planteaban a la Policía como un todo nacional que debía tener sus ramificaciones por toda España partiendo de una concepción unitaria en cuanto a su actuación (modelo centralizado); el establecido por la Restauración ( modelo descentralizado ) se basaba en una buena organización de tipo provincial que se pretendió hacer eficaz a nivel nacional por una simple suma de organizaciones provinciales. Por ello, los Gobernadores Civiles fueron llamados a ejercer una función tan desmesurada dentro de los organismos policiales.

El planteamiento inadecuado de la Policía como algo eminentemente provincial, sin mandos intermedios ( como las actuales Jefaturas Superiores de carácter regional ) y sometida a un Gobernador Civil con plenos poderes disciplinarios y arbitrarios porque dependía de su voluntad, incluso la permanencia en el Cuerpo de cada uno de sus miembros, costó muchos años y mucha experiencia el poder superarlo.

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