Durante el Antiguo Régimen Español ( siglos XVI – XVII y XVIII ) la investigación criminal en este período se plantea sobre el doble supuesto de la proximidad física de la autoridad y sus agentes al lugar donde se pueda cometer el delito y al delincuente; y del saber de todos los habitantes de la ciudad mediante la confección de los libros de matrículas ( equivalente a los padrones municipales actuales ) en los que deberían de constar todos ellos. Se creía que el conocimiento íntegro de la población haría imposible el delito porque era la única forma de romper el anonimato en que se basaba el delincuente para cometerlo.
Sin embargo, esto no resultó tan fácil como a simple vista podía parecer. La resistencia social a aceptar reformas como el recorte de las capas y de los sombreros que dio origen al motín de Esquilache ( 1.766 ), no facilitó el reconocimiento de los viandantes y si la impunidad de los delincuentes. El cuadro de Goya « la maja y los embozados » pintado en esta época, en 1.777, ilustra más que mil palabras sobre la imposibilidad de identificar a los embozados que era como se llamaban a los que se cubrían el rostro por la parte inferior hasta las narices o los ojos y hoy sería como una especie de bufanda.
La labor de los ilustrados, atacando -por ejemplo- la desigualdad ante la ley y otros privilegios, resultó positiva porque preparó las reformas que se iban a acometer posteriormente en las Cortes de Cádiz, en 1812. Y que apenas una década después, en 1824, fue cuando aparecieron instituciones como la Superintendencia General de la Policía que con su especialidad funcional iba preparando el camino para ulteriores reformas.

El desfase entre las formas de la delincuencia y los organismos encargados de prevenirla y reprimirla, dio origen a la aparición de la Policía como un organismo especializado en esas dos funciones. El proceso, que fue muy largo y además interrumpido por los grandes acontecimientos políticos, económicos y sociales de la época, como la Guerra de Independencia contra los invasores franceses, se desarrolló de la forma siguiente:
El primer paso consistió en una reforma en profundidad de la justicia tras el motín de Esquilache que afectó a la Sala de Alcaldes de Casa y Corte; a los Alcaldes de Cuartel y se crearon los Alcaldes de Barrio, a los que se les asignaron unas funciones específicamente policiales como el libro de matrículas ( padrón municipal ), así como cuidar de que se respeten las ordenanzas y bandos en las tabernas, posadas y demás establecimientos públicos.
El segundo paso fue organizar una entidad independiente, la Superintendencia General de la Policía ( 1824 ) que asume las competencias de policía en Madrid y su Rastro pero como un tribunal especializado por razón de la materia.

Su actuación se orientó en tres direcciones: Delitos Políticos, Delitos Comunes y la Recogida de Vagos y Mendigos. En esto último, tuvo una eficacia muy grande, llegando a reunir a una media anual de mil mendigos durante el tiempo en que estuvo funcionando.
Se le prohibió inmiscuirse en la distribución de los puestos de venta de los mercadillos; en las disputas matrimoniales si no es en una urgencia en que hubiese de evitar un escándalo; y en el orden de las fiestas.
El tercer y último paso fue la creación de los Tribunales Políticos como el Extraordinario y Temporal de Vigilancia y Protección para el castigo de los delitos de traición o connivencia con los franceses.

Mediante la Real Célula de 13 de enero de 1.824 y bajo el reinado de Fernando VII, se crea la Policía General del Reino primer antecesor de la actual Policía Nacional y está considerada como la fecha fundacional de la Policía Española en clave de modernidad.
La Real Célula hace una doble clasificación del personal policial. Por un lado estaban los profesionales, integrados por el Superintendente General, el Secretario, el Tesorero, los Comisarios de Cuartel y los Celadores de Barrio y de Puertas. Y por otro, por los semiprofesionales, formados por los llamados Alcaldes de Barrio,